Prevención de la tortura Guía operacional para las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos
PUNTOS FUNDAMENTALES: CAPÍTULO 1
• En el artículo 1 de la Convención contra la Tortura se define la tortura
en función de tres elementos acumulativos: infligir intencionadamente
dolores graves, físicos o mentales; con la participación directa o indirecta
de un funcionario público; con una intencionalidad específica.
• La tortura está prohibida en el marco del derecho internacional y no
es justificable. La prohibición de la tortura es absoluta y no admite
excepciones.
• La prohibición de los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes
también es absoluta y no admite excepciones.
LECTURAS ADICIONALES
EN EL CD-ROM
Comité de Derechos Humanos, Observación general Nº20, Prohibición de
la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (art. 7)
reemplaza a la Observación general Nº7; 10 de marzo de 1992
Combating Torture: A Manual for Action; Amnistía Internacional; 2003
Torture in International Law: A Guide to Jurisprudence; Asociación para la
Prevención de la Tortura, Centro por la Justicia y el Derecho Internacional; 2008
Defusing the Ticking Bomb Scenario: Why we must say NO to torture,
always; Asociación para la Prevención de la Tortura; 2007
16 | Capítulo 1: ¿Qué es la tortura?